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RÉGIMEN DE RETENCIÓN SOBRE RENTAS DE TRABAJADORES EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA Y OTROS – ACLARACIÓN
El Ministerio de Educación informa que en virtud de la Resolución General de AFIP N.º 4286/2018, la AFIP ha aclarado que la limitación resulta aplicable exclusivamente respecto de las asignaciones familiares comprendidas en el Régimen Nacional de Asignaciones Familiares y por ende no alcanza a quienes perciben asignaciones familiares por un Régimen provincial -sujeto a sus propias normas locales- Por tal motivo los agentes que quieran declarar como cargas de familia a sus hijos menores de 18 años, hijos incapacitados para el trabajo y/o cónyuge deberán indicar a través del servicio SIRADIG- Trabajador respecto de las personas a su cargo, que por ellas no percibe prestaciones del Régimen de Asignaciones Familiares. Departamento Impositivo, Coordinación General Gestión Financiera Dirección General de Administración |
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