LICENCIAS art: N° 27 - 29 11/04/2012
 
¿En qué consiste? Este trámite permite a los docentes gestionar de manera simplificada la licencia por perfeccionamiento docente, establecido por: Artículos 27 y 29-Decreto 4597/1983 y sus modificatorios. Las licencias por perfeccionamiento y por jornadas de interés escolar, serán concedidas por el director o máxima autoridad del establecimiento escolar tras la verificación de la asistencia del docente a los cursos o jornadas. Estas nóminas, las cuales se publicarán en el portal de la provincia, serán generadas por un nuevo sistema que facilitará el registro de la asistencia de los docentes in situ y será para el Director la herramienta de verificación de concurrencia y justificación de ausencia por Artículo 27º en caso de docentes titulares e interinos, y Artículo 29º cuando corresponda a un reemplazante. El registro de asistencia se conformará mediante un escanner en cada uno de los cursos o encuentros. Este dispositivo toma la lectura del código de barras que el docente tiene impreso en su recibo de sueldo, el cual deberá presentar en cada encuentro al que asiste. De este modo queda registrada la asistencia que luego se reporta en Portal de la Provincia y será verificada por cada director. Destinatario/s: Todos los docentes ¿Qué necesito para realizarlo? En caso de cursos o jornadas que no son organizados por el Ministerio de Educación, sólo deberá presentar constancia de asistencia firmada por autoridad competente ¿Cuánto cuesta? Gratuito ¿Dónde se realiza? Establecimiento Educativo Observaciones: Para mayor información ingresar a: archivoseducacion.santafe.gob.ar/licencias/ Normativas relacionadas: Decreto Provincial 4597/1983 - Reglamento de Licencias Docentes